ANALISIS ECONOMICO DEL DERECHO
Es un tema que vemos ha estado abarcando
muchas dimensiones del derecho actual, esto es, va relacionándose al quehacer
jurídico diario por lo que otorga una nueva perspectiva al análisis
interpretativo e integrador del derecho.
Tratar de explicar el Análisis económico del Derecho
es particularmente difícil puesto que ciertamente bajo
este título se engloban
diferentes aproximaciones al
fenómeno jurídico, unas
de carácter descriptivo
y otras de carácter
normativo. Antes de entrar
a analizar con precisión el
significado del análisis económico del Derecho, quiero realizar unas puntualizaciones
previas acerca de la necesidad de superar, desde el
análisis económico, algunas de las
insuficiencias tradicionales de la ciencia jurídica dominante en la
cultura continental durante los
últimos años.
Es sabido que
el análisis económico
concibe al individuo
como hombre
económico, es decir, como agente racional maximizador de su bienestar, en un contexto caracterizado por la escasez de recursos. Creo que sería un error reducir el hombre jurídico al hombre económico, pero esa salvedad no debe ser óbice para que reconozcamos que, en muchas ocasiones, los individuos en relación con el Derecho se comportan como agentes racionales maximizadores de su bienestar; lo cual va a querer decir que el comportamiento jurídicamente relevante de los individuos en ocasiones vendrá determinado no tanto por razones morales, como por razones prudenciales; asimismo, implicará que los individuos responden a incentivos, es decir, que si su entorno cambia de tal modo que pueden mejorar su nivel de bienestar modificando sus pautas de conducta, éstos lo harán.
económico, es decir, como agente racional maximizador de su bienestar, en un contexto caracterizado por la escasez de recursos. Creo que sería un error reducir el hombre jurídico al hombre económico, pero esa salvedad no debe ser óbice para que reconozcamos que, en muchas ocasiones, los individuos en relación con el Derecho se comportan como agentes racionales maximizadores de su bienestar; lo cual va a querer decir que el comportamiento jurídicamente relevante de los individuos en ocasiones vendrá determinado no tanto por razones morales, como por razones prudenciales; asimismo, implicará que los individuos responden a incentivos, es decir, que si su entorno cambia de tal modo que pueden mejorar su nivel de bienestar modificando sus pautas de conducta, éstos lo harán.
En tanto las normas jurídicas supongan variaciones
del entorno, los
individuos variarán su comportamiento, en función
de lo que requiera la maximización de su bienestar.
Como ya se menciono sin duda hay un enfoque normativo teorico y practico
esto a fin de dinamizar el significado de este termino y adentrarnos a una
doctrina totalmente nueva y con enfoques convencibles a ojos de la nueva
reforma que enfrenta nuestro ordenamiento jurídico pues como sabemos el derecho
va evolucionando constantemente y adaptandose a la realidad en que vive un
estado.
El Análisis
Económico del Derecho es considerado por muchos como el desafío intelectual más
importante dentro del estudio del Derecho en las últimas décadas, incorporando
una nueva forma de estudiar los problemas jurídicos a través de la aplicación
de los conceptos y las herramientas que entrega la teoría económica. Los
conceptos económicos, dentro de esta perspectiva, se aplican para explicar y
para clarificar cuestiones legales, ayudando a determinar cuáles son las
estructuras de incentivos y desincentivos que generan diversas normas legales,
pero ya no sólo en materia de antimonopolio y regulación, sino también
referentes a una amplia gama de cuestiones consideradas de no mercado, como son
la responsabilidad, los contratos, la justicia civil y criminal, los delitos y
las penas, el derecho de familia, entre otras.
El Análisis Económico del
Derecho ha influenciado la legislación, la actividad jurisdiccional y los
estudios del Derecho en distintas partes del mundo. En efecto, casi todas las
Universidades norteamericanas y un gran número de Universidades europeas han organizado
programas conjuntos de docencia e investigación sobre esta materia. Asimismo,
un número importante de revistas especializadas le dedican un espacio
importante a los trabajos de Análisis Económico del Derecho.
Ahora nos centramos a una
rama del derecho en la que se aplica el AED.
-Respecto al ámbito penal:
Cuando la realidad social
se encuentra desfasada en relación al Derecho solemos culpar a la ley. ¡Hay que
cambiar la ley! se dice. Y entonces
comienza a moverse todo el aparato legislativo para hacer cambios, discutirlos,
y consolidar finalmente una reforma legislativa que tendrá como resultado una
nueva ley.
Pero al poco tiempo la
nueva ley es acusada del mismo delito. Se le imputa estar desfasada de la
realidad y entonces el proceso de reforma legislativa comienza de nuevo. El
resultado de todo esto es: leyes que duran poco, confusión entre los abogados y
demás operadores del sistema jurídico, pero por sobre todo, falta de confianza
de la población en el sistema como un todo.
Sin duda, las malas leyes
son causa de muchos problemas, y reflejan muchas veces el desfase realidad -
Derecho. Pero gran parte de la responsabilidad recae también en la aplicación
de la Ley. Quizá sea preferible una mala ley bien aplicada que una excelente
ley mal aplicada.
Y es que cuando se aplica la ley se tiende el puente entre la realidad y el
Derecho. Es a través de la interpretación y aplicación de la ley al caso
concreto que ésta se convierte en realidad. Al construirse este puente es que
se puede lograr convertir una ley buena en una mala y una mala ley en una
buena.
-Respecto al mercado:
En
un trabajo clásico[1],
RONALD COASE realizó una serie de proposiciones analíticas que luego fueron
llamadas "El teorema de Coase"
y que pueden resumirse de la siguiente manera:
En
un mercado en equilibrio, donde existen condiciones de competencia perfecta, y
en ausencia de costes de transacción, las partes arribarán a una solución
eficiente. De ello se deduce que el Derecho está enfocado a garantizar que
funcione el modelo de competencia perfecta: debe reducir la existencia de
fallas del mercado, como las externalidades, monopolios, garantizar condiciones
de libertad y seguridad; en definitiva, reducir los costos de transacción.
Cuando
ello no es posible y los costos de transacción son tan altos que dificultan la
solución del mercado, el Derecho debe proveer una solución, pero ésta debe ser
modélicamente fundada en la lógica de lo que harían dos sujetos negociando
libremente.
Le
da sostenibilidad a la multifuncionalidad del derecho porque es una base
teórica que tiene el del enfoque narrativo que se le da a un texto normativo teniendo
en cuenta también el ámbito practico.
OBJETIVOS:
La mayoría de gente no entiende bien ni los
postulados ni la utilidad del AED. En primer lugar, como el AED se basa en un
análisis costo-beneficio, se tiende mucho a pensar que es un análisis deshumanizante:
es convertir en números el Derecho, que tiene que ver con la justicia, con la
conducta humana y con los valores.
Eso no es lo que persigue el AED. Lo que
persigue es evitar que los sistemas jurídicos, a la hora de legislar, generen
desperdicios. Y, como dice CALABRESI, desperdiciar; en una sociedad donde los
recursos son escasos, es injusto. Lo que se busca es, por tanto, un Derecho
que, sin olvidar otros aspectos o valores a los cuales se deba, sea un Derecho
eficiente, es decir un Derecho que evite el desperdicio creando incentivos de
conducta adecuados para lograr sus fines.
Entonces llegamos a la formulación
En ese sentido ¿LA ECONOMÍA IMPACTA AL
DERECHO O EL DERECHO IMPACTA A LA ECONOMÍA?
En realidad ocurren las dos cosas. La economía determina como se establecen y funcionan muchas instituciones jurídicas- Pero a su vez el Derecho impacta en la economía. Un sistema en el que las reglas legales no permiten proteger la propiedad o no llevan a que se cumplan los contratos, tendrá una performance económica menor que otro en el que esas instituciones. Y eso lo demuestran todos los estudios que se han hecho sobre el particular. Justamente el AED nos ayuda a entender cómo se forman y funcionan esas instituciones.
En realidad ocurren las dos cosas. La economía determina como se establecen y funcionan muchas instituciones jurídicas- Pero a su vez el Derecho impacta en la economía. Un sistema en el que las reglas legales no permiten proteger la propiedad o no llevan a que se cumplan los contratos, tendrá una performance económica menor que otro en el que esas instituciones. Y eso lo demuestran todos los estudios que se han hecho sobre el particular. Justamente el AED nos ayuda a entender cómo se forman y funcionan esas instituciones.
[1] COASE, Ronald, "The
problem of social cost", Journal of law and economics, I-44, octubre de
1960, Univ of Chicago Press.-


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